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Abogado laboralista en Alzira

En laboral el tiempo juega en su contra: un despido solo se puede impugnar en 20 días hábiles. Asesoramos tanto a trabajadores que quieren defender sus derechos como a pymes que necesitan hacer las cosas bien desde el principio.

Qué llevamos

  • Despidos individuales y colectivos: improcedencia y nulidad
  • Reclamaciones de cantidad, horas extra y retribuciones en “B”
  • Incapacidad permanente, jubilación, maternidad y paternidad
  • Modificación sustancial de condiciones de trabajo
  • Acoso laboral y vulneración de derechos fundamentales
  • Sanciones, expedientes disciplinarios y ERE
  • Contratación, convenios y asesoramiento continuo a empresas
  • Inspecciones de trabajo y reclamaciones ante la TGSS e INSS

Derecho Laboral en Alzira

Los asuntos laborales de Alzira se ven en los Juzgados de lo Social de Valencia, con conciliación previa en el SMAC. Llevamos despidos, reclamaciones de cantidad, accidentes laborales, incapacidades y reclamaciones a la Seguridad Social.

Alzira es la capital de la Ribera Alta y la sede de los juzgados donde se tramita buena parte de los asuntos de la comarca. Trabajamos en Alzira a diario: es donde presentamos escritos, donde se celebran las vistas y donde acuden nuestros clientes de toda la zona. Estamos a menos de diez minutos, en Algemesí.

No tenemos oficina en Alzira, pero sí presencia diaria en sus juzgados. Le atendemos en la sede de Algemesí, a 8 km, o por videollamada si lo prefiere.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos llegan sobre derecho laboral. Si la suya no está aquí, pregúntanosla directamente.

Me han despedido. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

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20 días hábiles desde la fecha del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero es un plazo de caducidad: si pasa, se pierde el derecho a impugnar. Lo primero es no firmar nada como “conforme” y traernos la carta de despido cuanto antes.

¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo?

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En el improcedente la empresa elige entre readmitirle o indemnizarle (33 días por año, con los tramos de 45 días anteriores a 2012). En el nulo la readmisión es obligatoria con abono de los salarios de tramitación; se declara cuando hay vulneración de derechos fundamentales o en supuestos protegidos como el embarazo.

Cobro parte del sueldo en “B”. ¿Puedo hacer algo?

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Sí. El Tribunal Supremo ha reconocido que el abono continuado de retribuciones fuera de nómina permite al trabajador solicitar la extinción indemnizada del contrato. Es un caso que trabajamos habitualmente y requiere reunir prueba antes de dar el paso.

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