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Abogado de familia en Algemesí

Separarse no debería costarle la salud. Llevamos divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, custodias, pensiones de alimentos y modificaciones de medidas con un objetivo claro: cerrar el asunto cuanto antes y en las mejores condiciones para usted y para sus hijos.

Qué llevamos

  • Separaciones y divorcios (de mutuo acuerdo y contenciosos)
  • Guarda y custodia, custodia compartida y régimen de visitas
  • Pensiones de alimentos y pensión compensatoria
  • Modificación de medidas por cambio de circunstancias
  • Regímenes económico-matrimoniales y liquidación de gananciales
  • Filiación, adopción y parejas de hecho
  • Ejecución de sentencias e impagos de pensiones

Derecho de Familia en Algemesí

En un municipio como Algemesí, donde las familias se conocen, un divorcio mal llevado tiene un coste que va más allá del económico. Trabajamos primero el acuerdo —convenio regulador, custodia y pensiones— y solo vamos a juicio cuando el acuerdo no protege sus intereses o la otra parte no colabora.

Nuestra sede principal está en Algemesí desde 2007, en la Calle Valencia, 38. Conocemos el tejido de la ciudad: sus empresas agrícolas y de manipulado, el comercio local, las comunidades de propietarios del centro y de los ensanches, y los asuntos de familia y herencias que se repiten generación tras generación en un municipio donde casi todo el mundo tiene patrimonio en tierra.

Puede venir al despacho de la Calle Valencia sin cita previa en horario de mañana, o pedir hora para la tarde.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos llegan sobre derecho de familia. Si la suya no está aquí, pregúntanosla directamente.

¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo?

+

Si ambas partes están de acuerdo y no hay hijos menores, suele resolverse en pocos meses desde la presentación del convenio regulador. Con hijos menores interviene el Ministerio Fiscal y el plazo se alarga algo más. En la primera consulta le damos una previsión realista según su caso.

¿Puedo pedir que se modifique la pensión de alimentos?

+

Sí, siempre que haya un cambio sustancial y duradero de circunstancias: pérdida de empleo, variación relevante de ingresos, nuevas necesidades del menor o cambio en el régimen de convivencia. Es un procedimiento de modificación de medidas y conviene documentarlo bien desde el principio.

¿Es obligatorio ir a juicio?

+

No. Siempre que sea posible buscamos el acuerdo, porque es más rápido, más barato y menos desgastante. Solo vamos a juicio cuando el acuerdo no protege sus intereses o la otra parte no colabora.

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